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Compensación del Desempleo: ¿Tengo que Pagar Impuestos?

El IRS tiene un boletín muy interesante sobre las preguntas mas frecuentes relacionadas a la perdida de trabajo y su relación a los impuestos; aquí están las pautas más importantes:

Las siguientes Preguntas y Respuestas son proveídas por el Servicio de Impuestos Internos (IRS) para clarificar las implicaciones financieras relacionadas a los impuestos que enfrentanlos empleados que han perdido su trabajo. Se han proveído referencias para información adicional.

¿La Indemnización por Despido es Tributable?

Sí. El pago de indemnización es tributable en el año en que lo recibe. Su patrón va a incluir la cantidad de estos pagos en la Forma W-2 y le va a retener los impuestos federales y del estado. Para información adicional vea (en inglés) la Publicación 525.

¿Que tal las Horas Acumuladas de Vacaciones o de Enfermedad?

Sí. La paga anual o vacaciones acumuladas o de enfermedad son calculadas por el patrón como parte de su salario y serán incluidas en la Forma W-2.[ad#postbanner]

¿Es Tributable la Compensación por Desempleo?

Sí. La compensación por desempleo que le ha pagado el estado (hasta 26 semanas) y también los beneficios extendidos (hasta 13 semanas adicionales) son tributables. Usted puede elegir que le retengan 10% por ciento para los impuestos federales completando la Forma W-4V. El estado le proveerá la Forma 1099-G antes del 31 de enero de cada año, mostrando la cantidad de beneficios tributables pagados el año anterior. Para información adicional vea la Publicación 525.

  • Suspensión Temporera de una Porción del Impuesto en los Beneficios por Desempleo Cada contribuyente puede dejar afuera del ingreso bruto hasta $2,400 del seguro por desempleo para el año tributario 2009. El seguro por desempleo sobre $2,400 está sujeto al impuesto sobre el ingreso federal. Las personas que reciben los beneficios por el desempleo en el 2009, deben verificar su retención del impuesto para asegurarse que no están reteniendo impuesto innecesario.

¿Hay un Subsidio de la Continuación de la Prima del Seguro de Salud COBRA?

Los trabajadores que han perdido sus trabajos podrían calificar para un subsidio de un 65 por ciento por la Ley de Conciliación de Asignaciones del Presupuesto (por sus siglas en ingles COBRA); las primas para ellos y sus familias continuarán hasta nueve meses. Los trabajadores elegibles tendrán que pagarles el 35 por ciento de la prima a sus patronos anteriores. Para calificar, un trabajador tiene que haber sido despedido involuntariamente entre el 1 de septiembre del 2008 y el 31 de diciembre del 2009.

Para más información sobre el subsidio COBRA, está disponible en el Departamento del Trabajo Estadounidense.

¿Si yo soy elegible para Ayuda Pública o Cupones para Alimentos, son estos tributables?

No.

¿Cuándo yo voy a recibir mi última Forma W-2 de mi patrón?

Los patrones están supuestos a proveer las Formas W-2 para el 31 de enero, después del cierre del año calendario. Por ejemplo, las formas W-2 por el año 2010 deben ser enviadas a los empleados no mas tarde del 31 de enero del año 2011.

¿Que puedo hacer si debo impuestos y no puedo pagarlos?

Póngase en contacto con el IRS lo más pronto posible para que solicite un plan de pago. La comunicación es la clave para minimizar los problemas.

¿Existe ayuda disponible especialmente con respecto a problemas de impuestos sin resolverse que causan más dificultades?

Sí, si usted está experimentando un daño económico, un problema sistémico, o está buscando la ayuda para resolver problemas del impuesto que no se han resuelto a través de los conductos normales, usted puede ser elegible para la ayuda del Defensor del Contribuyente (TAS). Puede comunicarse llamando gratis al 1-877-777-4778 o TTY/TTD 1-800-829-4059.

Copias de todas las publicaciones de referencias se encuentran en la página del Internet www.irs.gov, o llame al 1-800-829-3676.

Fuente del articulo:[ad#More Tag]
http://www.irs.gov/pub/irs-pdf/p4128sp.pdf

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Joan Ferreira, Blog Finanzas

Financista, asesor financiero, consultor de pequeñas empresas, empresario, inversionista, maestro, voluntario, corredor, viajador, y muy familiar. Muchos consideran que se mucho de muchas cosas, pero lo unico que yo se es que me falta mucho por aprender.

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