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IRS: La Mayoría de los Jubilados Necesitan Tomar las Distribuciones Mínimas Requeridas para el 31 de Diciembre

Salud FinancieraWASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos (IRS) recordó hoy a los contribuyentes nacidos antes del 1 de julio de 1944, que generalmente deben recibir pagos de sus cuentas de arreglos individuales de retiro (IRA, por sus siglas en inglés) y los planes de jubilación laboral para el 31 de diciembre.

Conocidas como distribuciones mínimas requeridas (RMDs, por sus siglas en inglés), estos pagos normalmente deben ser hechos para finales de 2014. Pero una regla especial permite a los destinatarios que reciben estos pagos el primer año quienes alcanzaron 70½ de edad durante el 2014, que esperen hasta el 1 de abril de 2015 para recibir su primera distribución de RMD. Esto significa que aquellos nacidos después del 30 de junio de 1943 y antes de 1 de julio de 1944 son elegibles para esta regla especial. Aunque los pagos efectuados a los contribuyentes a principios del 2015 pueden sumarse a la cuenta de su RMD del 2014, estos siguen siendo tributarios en el año 2015.

Las requeridas reglas de distribución se aplican a los dueños de cuentas IRA tradicionales pero no Roth IRA mientras el dueño original este vivo. También se aplican a los participantes en varios planes de jubilación laboral, incluyendo planes 401(k), 403(b) y 457(b).

Video del IRS Relacionado:

Un administrador de una cuenta IRA tiene que informar sobre el importe de la RMD al propietario de IRA u ofrecer un cálculo al propietario. A menudo, el administrador muestra el importe de la RMD en el formulario 5498 en casilla 12b. Para un RMD de 2014, esta cantidad aparece en el formulario 5498 de 2013, normalmente emitida al propietario durante enero de 2014.

La fecha límite especial del 1 de abril sólo aplica a las RMDs por el primer año. Para todos los años siguientes, las RMDs tienen que ser hechos antes del 31 de diciembre.  Por ejemplo, un contribuyente que cumplió 70½  en el 2013 (nacido después del 30 de junio de 1942 y antes de 01 de julio de 1943) y recibió el primer pago requerido el primero de abril de 2014 tiene que aún recibir la segunda RMD para el 31 de diciembre de 2014.

La RMD para 2014 se basa en la expectativa de vida del contribuyente del 31 de diciembre de 2014 y su saldo del 31 de diciembre de 2013. El fiduciario, informa el valor de la cuenta de fin de año al propietario de IRA en el Formulario 5498 (en inglés) en la casilla 5. Use las hojas de trabajo (en inglés) en IRS.gov  o localice hojas de cálculo y tablas de expectativa de vida para hacer este cálculo en los apéndices (en inglés) de la Publicación 590 (en inglés).

Para la mayoría de los contribuyentes, la RMD está basada en la Tabla III (Uniform Lifetime) en la publicación IRA del IRS. Así que para un contribuyente que cumplió 72 en el 2014, la distribución requerida es basada en una expectativa de vida de 25.6 años. En otra tabla, Tabla II (en inglés) es aplicada para un contribuyente cuyo cónyuge es 10 años más joven y es el único beneficiario del contribuyente.

Aunque las reglas de la RMD son obligatorias para todos los propietarios de una cuenta IRA tradicional y participantes en los planes de jubilación laboral, algunas personas en sus planes de lugar de trabajo pueden esperar más para recibir sus RMDs. Usualmente, empleados que aún trabajan pueden, si lo permite su plan, esperar hasta el 1 de abril del año después de que se jubilen para empezar a recibir estas distribuciones. Vea Tax on Excess Accumulations  en Publicación 575(en inglés). Empleados de las escuelas públicas y ciertas organizaciones exentas de impuestos con acumulaciones de plan 403 (b) antes de 1987 deben consultar con su empleador, administrador del plan o proveedor para ver cómo tratar estas cuentas.

Encuentre más información sobre RMDs, (en inglés) incluyendo respuestas a preguntas frecuentes(en inglés) en IRS.gov.

 

IR-2014-112SP, 8 de diciembre de 2014
http://www.irs.gov/Spanish/La-Mayor%C3%ADa-de-los-Jubilados-Necesitan-Tomar-las-Distribuciones-M%C3%ADnimas-Requeridas-para-el-31-de-Diciembre

Joan Ferreira, Blog Finanzas

Financista, asesor financiero, consultor de pequeñas empresas, empresario, inversionista, maestro, voluntario, corredor, viajador, y muy familiar. Muchos consideran que se mucho de muchas cosas, pero lo unico que yo se es que me falta mucho por aprender.

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